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Evaluación y promoción en la etapa de E. Primaria

(revisado: 5 de mayo de 2015)

Evaluación del alumnado

  1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta el progreso del alumno en el conjunto de las áreas del currículo.
  2. La evaluación se llevará a cabo teniendo en cuenta los diferentes elementos del currículo.
  3. Los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje, además de permitir la valoración del tipo y grado de aprendizaje adquirido, serán referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas.
  4. La evaluación continua tiene un carácter formativo y permite incorporar medidas de ampliación, enriquecimiento y refuerzo para todo el alumnado en función de las necesidades educativas que se deriven del proceso educativo.
  5. En el contexto del proceso de evaluación continua previamente citado, y cuan¬do el progreso de un alumno no sea el adecuado, bien por sus altas capacida¬des o por dificultades de aprendizaje, se establecerán medidas de ampliación, enriquecimiento o refuerzo educativo.
    Estas medidas se adoptarán en cualquier momento, tan pronto como se detecte el progreso inadecuado y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el  proceso educativo.
  6. Los maestros y maestras que imparten docencia en un mismo grupo se reunirán periódicamente, de acuerdo con lo que establezca el Proyecto educativo y la programación general anual del centro, para realizar el seguimiento y evalua¬ción de los procesos de aprendizaje del alumnado.
  7. El tutor o tutora coordinará las reuniones a las que se refiere el apartado anterior y transmitirá a las familias o tutores legales del alumnado la información que se derive de las mismas. Esta información se realizará por escrito y se enviará a todas las familias o tutores legales al menos una vez al trimestre.

 Promoción del alumnado

  1. Al finalizar cada uno de los cursos, y como consecuencia del proceso de eva¬luación, el profesorado del grupo adoptará las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado, tomándose especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o de la tutora.
  2. Los niños y las niñas accederán al curso siguiente siempre que se con-sidere que han alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez, y, en su caso, cuando los aprendi¬zajes no alcanzados no impidan seguir con aprovechamiento el nuevo curso. En este caso, los niños y las niñas recibirán los apoyos necesarios para recuperar dichos aprendizajes.
  3. Cuando un niño o una niña no cumpla las condiciones señaladas en el aparta¬do anterior, permanecerá un año más en el mismo curso. Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la educación primaria y deberá ir acompa¬ñada de un plan específico de refuerzo o recuperación.
  4. El centro integrará y organizará la respuesta al plan específico de refuerzo o recuperación en la programación docente del curso en el que permanece el alumno o la alumna. Dicho plan será elaborado por el tutor o tutora del grupo, en coordinación con los maestros y maestras que imparten docencia en el mis¬mo, contando, en su caso, con el de asesoramiento del responsable orientación del centro.
  5. Si el alumno/a tiene que repetir algún curso, lo hará preferentemente en 3º o 6º, salvo que el tutor/a y el equipo de profesores o la Junta de Evaluación considere necesario que lo haga en otro curso distinto.
  6. Los alumnos y las alumnas accederán a la Educación secundaria obligatoria si han alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez. Accederán, asimismo, siempre que los apren¬dizajes no alcanzados no les impidan seguir con aprovechamiento la nueva etapa. En este caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar dichos aprendizajes.
  7. Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el apartado anterior, se decidirá la promoción a la etapa siguiente, siempre que los alumnos y las alum¬nas que lo requieran hayan agotado todas las medidas previstas en el apartado 3 de este artículo y las contempladas en el artículo 10.5 de este Decreto.

 

Promocionan

1. Promocionan con “Suficiente, Bien, Notable o Sobresaliente” en todas las áreas, los alumnos:

– Que hayan alcanzado los objetivos de Curso y/o Etapa marcados en el Currículo.

– Que hayan superado los “contenidos mínimos” y alcanzado las competencias básicas marcados por el Equipo Docente de cada curso. Se realizará una valoración del progreso en las áreas fundamentales (Lengua, Inglés, Matemáticas, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales).

2. Promocionan con “Insuficiente en algunas Áreas” los alumnos:

– Que a pesar de haber permanecido un año más en el mismo curso y haber recibido refuerzo educativo, no han adquirido las competencias establecidas.

– Que han superado los objetivos en todas las áreas excepto en un máximo de dos Áreas Fundamentales, en la que presenta graves dificultades, y ya se hayan tomado medidas complementarias encaminadas a conseguir que alcance los objetivos.

No promocionan

  1. Los alumnos que no han alcanzado los contenidos mínimos (que no han alcanzado el grado de desarrollo correspondiente de las competencias básicas) en tres de las áreas fundamentales (Lengua, Matemáticas, Inglés, Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales)
  2. Los alumnos que no han adquirido las competencias básicas en dos de las áreas fundamentales y además no las haya alcanzado en otras áreas y siempre que sea debido a una mala actitud o falta de esfuerzo.
  3. Los alumnos que no han desarrollado el programa debido al absentismo escolar.

La Junta de Evaluación analizará cada uno de los casos individualmente y tomará la decisión que crea más correcta por el bien del alumno. Se tendrá en cuenta a la hora de decidir que un alumno “No promocione” otros factores como: la integración en el grupo y las posibles dificultades que podría tener para adaptarse a otro grupo diferente; su capacidad para poder adquirir las competencias que no ha conseguido durante su permanencia en el curso, factores ambientales, familiares y otros que la Junta estime oportunos.

En todo caso, la decisión de que un alumno “Promocione” o “No Promocione”, corresponde a la Junta de Evaluación, aunque se convocará a los padres o tutores legales a una entrevista para comunicarles tal decisión y explicarles las razones que nos impulsan a tomarla.